A) Alegatos generales de la Comisión y de las partes - Corte ...
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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* CASO J. VS. PERÚ** SENTENCIA DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2013 (Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas)
En el caso J., la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte
Interamericana", "la Corte" o "este Tribunal"), integrada por los
siguientes jueces: Manuel E. Ventura Robles, Presidente en ejercicio;
Alberto Pérez Pérez, Juez;
Eduardo Vio Grossi, Juez;
Roberto F. Caldas, Juez;
Humberto Antonio Sierra Porto, Juez, y
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Juez; presentes además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y
Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta, de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos (en adelante "la Convención Americana" o "la
Convención") y con los artículos 31, 32, 42, 65 y 67 del Reglamento de la
Corte (en adelante "el Reglamento" o "Reglamento de la Corte"), dicta la
presente Sentencia que se estructura en el siguiente orden: TABLA DE CONTENIDO
I. INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA y OBJETO DE LA CONTROVERSIA 4
II. PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 6
III. EXCEPCIÓN PRELIMINAR 8
A) Alegatos de la Comisión y de las partes 8
B) Consideraciones de la Corte 9
IV. CONSIDERACIONES PREVIAS 9
A) Sobre la determinación de presuntas víctimas en el presente caso 9
B) Sobre el marco fáctico de este caso 10
C) Sobre la admisibilidad de determinados alegatos de la representante 12
C.1 Admisibilidad de alegatos durante la audiencia pública y en los
alegatos finales escritos 12
C.2 Admisibilidad de ciertas partes en inglés de los alegatos finales
escritos 13
V. COMPETENCIA 14
VI. PRUEBA 14
A) Prueba documental, testimonial y pericial 14
B) Admisión de la prueba 15
B.1 Admisión de la prueba documental 15
B.2 Admisión de la prueba testimonial y pericial 17
VII. HECHOS 18
A) Contexto: "Situación política y de orden público en el Perú para la
época de los hechos" 18
B) La práctica de detenciones, tortura y tratos crueles, inhumanos y
degradantes en la época de los hechos 21
C) La legislación antiterrorista vigente en la época de los hechos 23
D) Modificaciones a la legislación antiterrorista 24
E) Hechos probados sobre la señora J. 25
E.1 Detención de la señora J. y allanamientos 26
E.2 Detención de la señora J. desde el 14 al 30 de abril de 1992 30
E.3 Proceso penal contra la señora J. 31
E.4 Proceso penal tras las reformas de la ley antiterrorista de 2003 35
E.5 La salida de la señora J. del Perú y el proceso de extradición 37
E.6 Publicaciones en medios de comunicación sobre los hechos del caso 39
VIII. DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL, A LA PROTECCIÓN DEL DOMICILIO, A LAS
GARANTÍAS JUDICIALES Y PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN RELACIÓN CON LAS
OBLIGACIONES DE RESPETAR Y GARANTIZAR LOS DERECHOS Y EL DEBER DE ADOPTAR
DISPOSICIONES DE DERECHO INTERNO 40
A) Derechos a la libertad personal y a la protección del domicilio 41
A.1 La detención inicial de la presunta víctima, su presentación ante un
juez y la protección del domicilio 44
A.1.1) Alegatos de la Comisión y de las partes 44
A.1.2) Consideraciones de la Corte 45
A.2 La notificación de las razones de la detención 49
A.2.1) Alegatos de la Comisión y de las partes 49
A.2.2) Consideraciones de la Corte 49
A.3 La falta de registro de la detención de la señora J. 50
A.4 La prisión preventiva de la presunta víctima entre el 30 de abril de
1992 y 18 de junio de 1993, así como la relación de ésta con el principio
de presunción de inocencia 51
A.4.1) Alegatos de la Comisión y de las partes 51
A.4.2) Consideraciones de la Corte 51
A.5 El derecho a recurrir ante un juez o tribunal competente sobre la
legalidad de su detención 55
A.5.1) Alegatos de la Comisión y de las partes 55
A.5.2) Consideraciones de la Corte 55
B) Derecho a las garantías judiciales y el principio de legalidad 56
B.1 Alegadas violaciones al debido proceso respecto de la primera etapa del
proceso penal en contra de la señora J. 57
B.1.1) Garantías de competencia, independencia e imparcialidad de las
autoridades judiciales que conocieron el caso 57
B.1.2) Derecho a la defensa 60
B.1.3) Derecho a la publicidad del proceso 66
B.1.4) La ausencia de motivación y la presunción de inocencia en la
decisión de la Corte Suprema de Justicia de 27 de diciembre de 1993 68
B.2 Alegadas violaciones al debido proceso respecto de la primera y segunda
etapa del proceso penal en contra de la señora J. 70
B.2.1) Derecho a la presunción de inocencia 70
B.2.2) Garantía de non bis in ídem 78
B.3 Alegadas violaciones al principio de legalidad y de retroactividad 84
B.3.1) Alegatos de la Comisión y de las partes 84
B.3.2) Consideraciones de la Corte 85
IX. DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL Y VIDA PRIVADA EN RELACIÓN CON LAS
OBLIGACIONES DE RESPETAR Y GARANTIZAR LOS DERECHOS 90
A) Alegatos generales de la Comisión y de las partes 90
B) Consideraciones generales de la Corte 90
C) Maltratos durante la detención inicial 92
C.1) Alegatos de la Comisión y de las partes 92
C.2) Consideraciones de la Corte 94
C.2.1) El contexto en la época de los hechos 94
C.2.2) Las declaraciones de la señora J. 96
C.2.3) El examen médico legal 99
C.2.4) La declaración de la fiscal del Ministerio Público 102
C.2.5) La falta de investigación de los hechos 104
C.2.6) Determinación de los maltratos ocurridos 109
C.2.7) Calificación jurídica de los hechos 110
D) Alegados maltratos sufridos durante la detención en la DINCOTE 113
D.1) Alegatos de la Comisión y de las partes 113
D.2) Consideraciones de la Corte 114
E) Otras alegadas violaciones a la integridad personal 116
X. REPARACIONES 117
A) Parte Lesionada 118
B) Obligación de investigar los hechos que generaron las violaciones e
identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables 118
C) Otras medidas de reparación integral: rehabilitación, satisfacción y
garantías de no repetición 119
C.1) Rehabilitación 120
C.2) Satisfacción: Publicación y difusión de la Sentencia 121
C.3) Garantías de no repetición: Solicitud de adecuación del derecho
interno 121
C.3.1) Sobre las limitaciones legales que impiden ofrecer como testigos a
quienes intervienen en la elaboración del atestado policial 122
D) Obligación de respetar las garantías del debido proceso en el proceso
penal abierto en contra de la señora J. 123
E) Indemnizaciones compensatorias por daño material e inmaterial 124
F) Costas y gastos 125
G) Reintegro de los gastos al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas 127
H) Modalidad de cumplimiento de los pagos ordenados 127
XI. PUNTOS RESOLUTIVOS 128
I
INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA y OBJETO DE LA CONTROVERSIA
El caso sometido a la Corte. - El 4 de enero de 2012, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 51 y 61 de la Convención Americana y el artículo
35 del Reglamento de la Corte, la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante "la Comisión Interamericana" o "la Comisión") sometió
a la jurisdicción de la Corte Interamericana el caso J. contra la República
del Perú (en adelante "el Estado" o "Perú"). El presente caso se refiere a
la alegada "detención ilegal y arbitraria de J. y los registros
domiciliarios realizados el 13 de abril de 1992 por parte de agentes
estatales, quienes [presuntamente] incurrieron en actos de tortura y tratos
crueles, inhumanos y degradantes, incluida la [alegada] violación sexual de
la [presunta] víctima". De acuerdo a la Comisión, "[e]stos hechos fueron
seguidos del traslado de la señora J. a la Dirección Nacional contra el
Terrorismo (DINCOTE) y su [alegada] privación de libertad en dicho lugar
sin control judicial y en condiciones inhumanas de detención durante 17
días", así como "con una serie de [alegadas] violaciones al debido proceso
y al principio de legalidad e irretroactividad, en el marco del proceso
penal seguido contra la [presunta] víctima por supuestos delitos de
terrorismo bajo la vigencia del Decreto Ley 25475. La señora J. fue
absuelta en el mes de junio de 1993, tras lo cual salió de Perú". Según la
Comisión, "[e]l 27 de diciembre de 1993 la Corte Suprema de Justicia sin
rostro y sin motivación declaró nula la absolución disponiendo un nuevo
juicio. Actualmente persiste en Perú un proceso abierto contra la señora J.
con una orden de captura internacional". Trámite ante la Comisión. - El trámite ante la Comisión fue el siguiente: a) Petición. - El 17 de junio de 1997 la señora J. y el señor Curtis
Francis Doebbler, actuando como su representante, presentaron la
petición inicial[1].
b) Informe de Admisibilidad. - El 14 de marzo de 2008 la Comisión aprobó
el Informe de Admisibilidad No. 27/08[2].
c) Informe de Fondo. - El 20 de julio de 2011 la Comisión aprobó el
Informe de Fondo No. 76/11[3], conforme al artículo 50 de la
Convención (en adelante también "el Informe de Fondo"), en el cual
llegó a una serie de conclusiones y formuló varias recomendaciones al
Estado:
Conclusiones. - La Comisión concluyó que el Estado era responsable
por la violación de los artículos 5, 7, 8, 9, 11 y 25 de la
Convención, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo
instrumento, en perjuicio de la señora J. Asimismo, la Comisión
concluyó que el Perú era responsable por la violación de las
obligaciones establecidas en los artículos 1, 6 y 8 de la Convención
Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (